
PODERES FUERA DE REGISTRO Y OTROS ESPECIALES
Poderes que tienen una duración de un año.
Beneficios
Los poderes se realizan de manera inmediata y sirve para representación administrativa.
Requisitos
- Comparecencia del poderdante con su documento de identidad vigente.
 - En el caso de poderes ante la ONP se debe acompañar la boleta de pago y facilitar el número de Código del Jubilado. En caso de utilizarse para telefónica indicar los certificados correspondientes.
 - En el caso, que el poderdante se encuentre imposibilitado de firmar, otra persona podrá hacerlo a su ruego sin perjuicio que aquel imprima su huella digital. En este caso el testigo a ruego deberá presentar su documento de identidad vigente.
 - Original y copia del DNI del poderdante.
 - Original y copia del DNI del apoderado.
 - Testigo a ruego mayor de edad y que no tenga parentesco con la poderdante.
 - Copia Literal de la Propiedad con una vigencia no mayor a 3 meses
 - Certificado Negativo de Interdicción expedido por Sunarp.
 
Tenga en cuenta que en determinados actos y/o contratos deberá acreditar ante el Notario el pago de tributos; ello como requisito previo a la elevación de la escritura pública.